México endurece medidas sanitarias contra el gusano barrenador; adopta esquema aplicado por Chihuahua

El Gobierno de México reforzó el Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Animal (DINESA) para contener la expansión del gusano barrenador del ganado, imponiendo nuevas reglas para la movilización, inspección y tratamiento de reses y otras especies en todo el territorio nacional.

El acuerdo, firmado por Julio Berdegué, titular de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), fue publicado por la Federación y actualiza el protocolo sanitario activo “para prevenir la entrada y diseminación del gusano barrenador del ganado ocasionado por la mosca Cochliomyia hominivorax”.

Las medidas replican el modelo implementado en Chihuahua

El nuevo esquema coincide con las restricciones que el Gobierno del Estado de Chihuahua, encabezado por la gobernadora Maru Campos, implementó desde hace un año mediante decreto estatal y que incluso cuentan con la aprobación del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA).

Entre las acciones destacan:

  • Inspecciones obligatorias
  • Prohibición de ingreso de ganado sin certificado zoosanitario
  • Aplicación preventiva de ivermectina y otros antiparasitarios
  • Control estricto de movilización según zonas sanitarias

Emergencia nacional ante brotes en el sur y sureste

Las autoridades federales confirmaron que existen brotes activos en las regiones 6 y 7 —sur y sureste del país—, con riesgo de dispersión hacia zonas ganaderas libres del norte.
Por ello, el Gobierno activó el dispositivo en las seis regiones restantes, ampliando la vigilancia a todo México.

“La plaga del GBG se encuentra presente en el sur y centro del país, con riesgo de diseminación hacia zonas libres del norte”, señala el acuerdo.

Medidas obligatorias para productores, transportistas y médicos veterinarios

Notificación inmediata de casos:
Cualquier sospecha o presencia de gusanera debe reportarse a través de la app AVISE, la línea 800 751 2100 (24/7) o WhatsApp 55 3996 4462, preferentemente con evidencia fotográfica.

Movilización de animales:

  • Certificado Zoosanitario de Movilización (CZM)
  • Tratamientos con lactonas macrocíclicas (3–5 días antes del traslado)
  • Baños insecticidas y revisión completa
  • Prohibido mover animales con heridas o gusaneras
  • Restricción total para equinos destinados a matanza en zonas afectadas

Inspecciones en puntos oficiales:
El personal de PVIF, PVI y PVIEM deberá:

  • Revisar físicamente a cada animal
  • Aplicar tratamientos cuando corresponda
  • Colocar y registrar flejes en el CZM
  • Proceder conforme a los manuales oficiales ante gusaneras

Revisión al arribo:
En unidades de producción o engorda se debe:

  • Revisar minuciosamente cada animal
  • Tratar heridas simples
  • Aislar y notificar casos positivos de inmediato

Mascotas también deberán cumplir reglas

Perros, gatos y animales de compañía que viajen dentro del país no deben presentar heridas abiertas o infecciones. Los propietarios deben acudir con un médico veterinario ante cualquier lesión sospechosa.

Transportistas

Transportistas particulares, turísticos o de carga están obligados a:

  • Detenerse en puntos de verificación
  • Facilitar inspecciones y tratamientos
  • Presentar documentación sanitaria cuando se requiera

Nuevos lineamientos por especie

Un artículo 6 Bis detalla requisitos específicos para:

  • Bovinos
  • Bisontes
  • Búfalos
  • Ovinos y caprinos
  • Equinos
  • Aves
  • Porcinos

Con reglas distintas según la zona de origen y destino.

Movilización hacia rastro

En traslados para sacrificio no se aplican tratamientos sistémicos para evitar residuos en los alimentos; sin embargo, se mantiene un monitoreo completo hasta su destino.